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¡Contexto, plis! Todo lo que nos enseña el caso de Denise Dresser

Escrito por Shelma Cerrillo Jara | 12 febrero 2024

 

La politóloga no cometió violencia política de género

El caso de la analista política Denise Dresser me recuerda a una frase que Daniel Moreno, uno de mis profesores de la maestría, nos decía mucho mientras estudiábamos periodismo: “Dato sin contexto es amarillismo”. Así que empezaré con eso: ¡contexto!

En noviembre del año pasado, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que Dresser cometió violencia política de género contra la diputada Andrea Chávez por usar expresiones como “es por un tema de faldas”, “tener una novia en la campaña” o “no sabemos si era novia o no”. Esto sucedió en el programa “Mesa de Análisis con Loret”, transmitido por el canal de YouTube de Latinus, el 15 de agosto de 2023.

La magistrada Mónica Lozano dijo que sancionarían a Dresser por referirse de esa forma a la relación de la diputada con el exsecretario de Gobernación, Adán Augusto López; lo que la Sala consideró como violencia simbólica y psicológica.

Por supuesto que al leer las frases de forma aislada me provocaron indignación porque en sí mismas me parecen sexistas. Sin embargo, el pasado 7 de febrero, la Sala Superior del Tribunal Electoral anuló la sanción a Dresser afirmando que las expresiones están amparadas en el ejercicio de la libertad de expresión y la actividad periodística. ¿Qué? ¿Cómo?

El contexto siempre importa

Resulta que Denise hablaba de un tema que nos concierne a la ciudadanía. El tribunal analizó el discurso y determinó que la finalidad de la politóloga fue “evidenciar un presunto uso de recursos públicos y la disminución de sus posibilidades de éxito de obtener la coordinación a la que aspira” y no del vínculo entre Andrea Chávez y Adán Augusto, de acuerdo con la magistrada Mónica Soto.

Denise demostró que no era un mensaje con dolo en hacer énfasis en una relación personal que pudiera dañar la imagen de la diputada. De inmediato (en el programa) se corrigió a sí misma, admitiendo que el señalamiento no iba por ahí, sino hacia señalar el uso indebido de recursos públicos”, me comentó Lorena Vázquez, investigadora del Instituto Belisario Domínguez del Senado

Dresser también ha aclarado ante diversos medios que “la insinuación tenía que ver con que esa relación personal podría haber influenciado en el préstamo de un avión del ejército a una diputada federal”.

El contexto del contexto 

En junio de 2023, en redes sociales corrieron fotografías de tres familiares de la morenista en un avión presuntamente de las Fuerzas Armadas en el que se trasladaban de la Ciudad de México a Ciudad Juárez. ¿Motivo? Acudir al informe de actividades de Andrea.

Posteriormente, la diputada reconoció en un video que sus familiares sí viajaron para presenciar su informe, pero en un avión privado, asegurando que no usó recursos públicos y que quien utilizó el transporte del ejército fue Adán Augusto López; sin embargo, las autoridades negaron al medio digital Animal Político tener registro del vuelo del exsecretario de Gobernación, vía transparencia. (Y esto no se ha aclarado).

¡Aguas con la libertad de expresión!

Hay que tener cuidado en no confundir la crítica (hacia quienes nos gobiernan) con violencia política de género. Y al mismo tiempo reconocer que tenemos derecho a expresarnos libremente, siempre y cuando no pasemos por encima de los derechos de otras personas.

Cada vez estamos más cerca de tener, por primera vez, a una presidenta mujer. Y los lugares en la política ocupados por mujeres sigue en aumento, así que eso amplía las posibilidades de que cualquier persona, literal cualquiera, pueda cometer violencia política de género. Actualmente el 80% de las personas que aparecen en el Registro Nacional de Personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, son hombres.

 

En este link pueden consultar cómo reconocer lo que sí es la violencia política de género, según el INE, y aquí les dejo su definición:

“Acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer por ser mujer (en razón de género) que tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente, con el objeto o resultado de menoscabar o anular sus derechos político-electorales”.