El registro de deudores alimentarios protege los derechos de las infancias
El 22 de marzo de 2023, el Senado de la República aprobó reformar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de pensiones alimenticias. Con ello se estableció la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA-SNDIF). Esta reforma forma parte de la llamada Ley Sabina, la cual fue impulsada por la activista Diana Luz Vázquez.
¿Qué es un deudor alimentario?
Un deudor alimentario es aquella persona obligada a dar una manutención para los gastos de alimentación a cónyuges, concubinas, padres o hijos. La alimentación a la que se hace referencia incluye todos los gastos indispensables de la persona que recibirá el monto económico: vestido, educación, vivienda y servicios de salud.
Objetivos el Registro
La creación del Registro no solo busca exhibir a los deudores alimentarios, sino demostrar que estas personas caen en actitudes delincuenciales desde cambiar de domicilio para no ser notificados, renunciar a sus trabajos, vaciar sus cuentas y pasarlas a nombres de otras personas, o declararse insolventes, todo con tal de no hacerse cargo de sus responsabilidades.
Además, los deudores alimentarios que se encuentren en el registro verán afectada su probabilidad de obtener algún crédito, pasaportes, licencias y otros trámites oficiales. Con ello, se busca presionar a los deudores a cumplir con sus obligaciones y proteger, sobre todo, el bienestar de los menores afectados.
Los Tribunales Superiores de Justicia de las entidades federativas y de la Ciudad de México, deberán suministrar, intercambiar, sistematizar, consultar, analizar y actualizar toda la información que se genere sobre el incumplimiento de las obligaciones alimentarias.
Pasos para el registro en la CDMX
Según el Código Civil de la Ciudad de México, en la capital, una persona se considera deudor cuando incumple con su obligación por un tiempo de 90 días. Además, es necesario que la pensión alimenticia haya sido decretada de manera provisional o definitiva por un juez o por convenio judicial.
Para realizar la inscripción de estas personas hay que ingresar a la página oficial del Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos, donde se solicita la siguiente información:
Nombre, apellidos, CURP y RFC del deudor
Nombre del acreedor o acreedores alimentarios
Acta que acredita el vínculo
Número de pagos incumplidos y cuota del cumplimiento de la obligación alimentaria y plazo de pago
Órgano jurisdiccional que ordenó la inscripción
Datos del expediente
Según información del Registro Civil capitalino, el tiempo de respuesta para este registro es de cinco días hábiles y el trámite es completamente gratuito.
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